domingo, 6 de diciembre de 2009

Dale señor el descanso eterno y lúzca para él el impuesto perpetuo




¿A dónde iremos?
¿A dónde iremos
donde la muerte no existe?
Mas, ¿por esto viviré llorando?
Que tu corazón se enderece:
Aquí nadie vivirá por siempre.
Aun los príncipes a morir vinieron,
Los bultos funerarios se queman.
Que tu corazón se enderece:
Aquí nadie vivirá para siempre.
(Nezahualcoyotl.)


La crisis que está viviendo el país, no sólo se refleja en la alza de precios de la canasta básica, y en todo a lo que se le pueda agregar un impuesto, sino también en la falta de espacio para los cadáveres que día con día necesitan más cajones para que reposen sus restos mortales.

El proceso que deben atravesar los familiares de un difunto, antes de que se le otorgue al cuerpo un espacio en el cual puedan ir a recordarle, es casi como el viacrucis que Jesús vino a pasar en carne propia sólo por mencionar una analogía.

No conforme con los impuestos que paga uno en vida, el féretro y el cajón, también cuestan, además de llegar a descansar para siempre, el difunto también tiene que pasar por un proceso burocrático lento y costoso. Si ya se sufrió con la perdida del una persona querida ¿por qué sufrir con todo este tramite?

Dicha investigación es importante pues todos sin excepción alguna, moriremos y que mejor manera de conocer el futuro poco prometedor de los difuntos. Hacerse cargo de la vida es indispensable, pero hacerse cargo de la muerte también, ya que si no lo hacemos de manera adecuada, heredaremos muchos problemas a nuestros familiares.

¿Qué tan costoso puede ser el rentar o tener un lugar propio para que descansen los restos de un familiar así como los de uno mismo?

¿Qué pasa con aquellos restos que no reclaman, a dónde van a parar?
Estas son sólo algunas incógnitas que se formularan y se responderán alrededor de la investigación.

ORGANIZACIÓN DE LOS CEMENTERIOS
Los lugares en los que descansan nuestros seres queridos conocidos como cementerios son un bien inmueble destinado a inhumaciones de cadáveres y restos humanos regulados por La ley general de cementerios. Dicha ley rige a todos y cada uno de ellos.

Existen como en toda legislación diferentes puntos a seguir para cumplir la ley.
1. El establecimiento de los cementerios se hará de acuerdo a un plan de desarrollo urbano. (Dirección General de Urbanismo y Arquitectura)
2. Queda prohibido el establecimiento de cementerios en el área urbana.
3. El que solicite dicha construcción deberá garantizar que el uso del cementerio será de por lo menos 25 años.
4. Los cementerios prestarán el servicio de sepultura de manera perpetuaría (título de perpetuidad) o temporal.
5. Cuando las personas interesadas no pagaren los derechos de prórroga a los puestos de fosa de cualquier categoría, podrán exhumarse los cadáveres enterrados en ellos, previa autorización de la Dirección General de Salud

TRAMITES
Cuando fallece una persona, sus familiares deben cumplir con ciertos requisitos administrativos para sepultarlos. Para solicitar la inhumación o incineración, el cliente debe de tener en su poder el certificado médico de defunción, el cual se obtiene en los siguientes casos:
• Si el deceso ocurre en una institución médica, ésta será la responsable de emitirlo, a través de cualquier médico que cuente con cédula profesional.
• Cuando el fallecimiento ocurre en su domicilio particular. Si la persona estaba bajo tratamiento médico, se debe avisar al médico que lo atendió para que emita el certificado correspondiente.
• Cuando la persona fallece por accidente, violencia o en vía pública, es necesario dar aviso al Ministerio Público quien designará a un médico forense para que investiguen las causas del fallecimiento. Él se encargará de expedir el certificado médico de defunción.
Con el certificado médico de defunción e identificación oficial de la persona que efectúa el trámite, se debe acudir al juzgado del Registro Civil más cercano a su delegación política o entidad de su estado para tramitar el acta de defunción y la orden de inhumación o incineración.

Cuando los familiares tengan en su poder el certificado de defunción pueden solicitar los servicios de una agencia funeraria, a fin de que inicien los trámites correspondientes al funeral. También es necesario avisar a la funeraria si el cuerpo será inhumado o incinerado, para solicitar los permisos correspondientes.

Cabe mencionar que, si la persona realiza el trámite de inhumación o incineración, en su juzgado correspondiente no paga nada y el procedimiento es relativamente rápido. Para el trámite del acta de defunción, el proceso tarda un máximo de tres días y le cobran una módica cantidad.

La mayoría de las agencias funerarias tramitan la orden de inhumación o incineración y el acta de defunción, sólo que algunas de ellas le cobran una cantidad mayor a la que desembolsaría en el juzgado del registro civil.

REQUISITOS DE INFORMACIÓN EN LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS.

En la NOM-036-SCFI-2000 (Norma Oficial Mexicana) se considera lo siguiente:

• Toda operación comercial relacionada con la prestación de servicios funerarios debe hacerse constar en un contrato de adhesión registrado previamente ante Profeco.
• Los contratos de adhesión para la prestación de servicios funerales, para su validez, deben estar escritos en idioma español y sus caracteres tiene que ser legibles a simple vista, sin menoscabo de que también puedan estar escritos en otro (s) idioma (s), además deben contener: nombre y domicilio del proveedor de servicios funerarios, lugar y horarios donde se deben prestar los servicios funerarios contratados y la descripción detallada de los bienes y / o servicios contratados, así como el precio correspondiente.
• El precio de los servicios funerarios debe expresarse en moneda nacional. El consumidor puede pagar en la moneda extranjera que acepte el prestador, al tipo de cambio que rija al momento de realizar el pago, de acuerdo con las disposiciones del Banco de México.
• Los proveedores de servicios funerarios deben poner a disposición de los consumidores un catálogo en el que se describen: los paquetes de servicio que ofrecen y los precios y tarifas de los mismos precisando los bienes y servicios que los integran; los bienes y / o servicios que pueden contratarse, sin necesidad de adquirir un paquete, y los precios o tarifas correspondientes; en su caso la indicación de que los servicios funerarios ofrecidos, serán prestados por un tercero.
• Tratándose de operaciones a crédito, en la que se establezca el pago de intereses, la determinación del procedimiento para el cálculo de los mismos y la forma en que debe ser liquidados.
• Penas convencionales para las partes para el incumplimiento del contrato, y la mecánica para hacerlas efectivas.
• La facultad del consumidor de ceder o transferir los derechos sobre los servicios funerarios contratados, especificándose los procedimientos a seguir y, en su caso, los cargos que se originen por este proceso.

PAPEL QUE JUEGA LA SECRETARÍA DE SALUD EN LA INHUMACIÓN, INCINERACIÓN Y EMBALSAMIENTO DE UN CADÁVER

Esa institución, a través de la Ley General de Salud, al dictar las normas técnicas relacionadas con el manejo, utilización, conservación y disposición de cadáveres indica que:
• La inhumación o incineración de cadáveres sólo podrá realizarse con la autorización oficial del Registro Civil que corresponda, quien exigirá la presentación del certificado de defunción.
• La inhumación e incineración de cadáveres sólo podrá realizarse en lugares permitidos por las autoridades competentes.
• Los cadáveres deberán inhumarse, incinerarse o embalsamarse dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la muerte, salvo la autorización específica del la autoridad sanitaria competente o por disposición del Ministerio Público, o de la autoridad judicial

Los Nuevos Trámites Funerarios, que son nueve, fueron actualizados en julio de 2004. En todos los casos su vigencia es permanente, no tienen costo y el área donde se gestionan es la oficina Central de Trámites Funerarios de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal en Xocongo No. 225, Col. Tránsito, Tel. 57-40-63-06 ó sus módulos ubicados en Dr. Liceaga 93 Col. Doctores Delegación Cuauhtémoc Tel 52-42-62-96 y en la Delegación Álvaro Obregón en calle 10 Esq. Canarios Col. Toltecas Tel. 52-76-68-43.

Se presentan a continuación:
Nombre del Trámite Permiso sanitario para el embalsamamiento de un cuerpo humano
Tiempo de Espera 20 minutos.
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios ) para obtener el permiso sanitario que les permita el embalsamamiento (procedimiento de conservación) de cadáver humano
Requisitos Si el embalsamamiento se solicita en las primeras 12 horas de ocurrido el deceso, debe solicitarlo el familiar.
1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud embalsamamiento.
3. Certificado de defunción.
Si el embalsamamiento se solicita después de 12 horas de ocurrido el deceso, puede solicitarlo el gestor.
Quién debe presentar además
4. Carta poder dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar.
5. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para el traslado de cadáver humano del Distrito Federal a otro país.
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita trasladar un cadáver o restos de un cadáver humano del Distrito Federal a otro país
Requisitos si el solicitante es el familiar del fallecido.

1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud
3. Certificado de defunción ó de muerte fetal.
4. Oficio de entrega de cadáver expedido por el Ministerio Público en caso de haber sido sujeto de Averiguación Previa.
5. Comprobantes de embalsamamiento y supervisión médica del procedimiento. Si el solicitante es el gestor.
Presentar además:
6. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar o la embajada del país de origen
7. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSST , Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para el traslado de cadáver o restos de cadáver humano del Distrito Federal a otro Estado de la República
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita trasladar un cadáver o restos de un cadáver humano del Distrito Federal a otro Estado de la República.

Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.);
2.Llenar formato de solicitud;
3. Certificado de defunción ó muerte fetal.
4. Oficio de entrega de cadáver, o del resto humano expedido por el Ministerio Público en caso de haber sido sujeto de Averiguación Previa, ó
5. Certificado de amputación quirúrgica expedido y firmado por el Médico Cirujano, el paciente y dos testigos, en el que se indique el destino final del mismo.
6. Comprobantes de embalsamamiento y de supervisión médica del procedimiento cuando al cadáver o resto humano de cadáver se va a trasladar a 300 kilómetros ó más; en caso de fetos hasta de 1500 gramos de peso, podrá conservarse en solución de formol para su traslado dentro de un recipiente con tapa de sellado hermético.

Si el solicitante es el gestor
Presentar además:
7. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar al gestor y –
8. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder. (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
Nota: El embalsamamiento debe solicitarse en la Oficina Central de Trámites Funerarios
Todos los documentos deben presentar en original y copia.

Nombre del Trámite
Permiso sanitario para el traslado de restos áridos de cadáver humano inhumado en panteón del Distrito Federal.
Tiempo de Espera 20 minutos
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita trasladar los restos áridos de un cadáver inhumado en un panteón del Distrito Federal.
Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud
3. Autorización de exhumación expedida por las administraciones de los Panteones Concesionados o por la Oficina de Panteones de la Delegación correspondiente, para el caso de Panteones Oficiales.
4. Acta de Defunción o Certificado de Muerte Fetal o de defunción para recién nacidos de menos de 24 horas.
5. Especificación del destino final de los restos (reinhumación o incineración)

Si el solicitante es un gestor autorizado por el familiar
Presentar además:
6. Carta poder dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar.
7. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite
Permiso sanitario para la cremación de restos humanos o restos humanos áridos y fetos
Tiempo de Espera 20 minutos
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita incinerar los restos humanos o restos humanos áridos.
Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido
1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud
3. Tratándose de restos humanos ( Ej. miembros toráxicos ó pélvicos ): Certificado de amputación quirúrgica expedido por el Médico Cirujano en el que se indique el destino final del mismo, firmado por él, el paciente y dos testigos y en casos legales oficio de entrega del resto humano otorgado por el Ministerio Público.
4. Comprobantes de embalsamamiento y supervisión médica del procedimiento (tratándose de restos humanos) si la incineración se van a realizar después de 48 horas ó en su caso el comprobante de conservación en refrigeración si la incineración se realizará de inmediato.
5. Tratándose de fetos presentar el acta de defunción.
6. Tratándose de restos áridos: Acta de defunción y autorización de exhumación expedida por la Dirección General Jurídica y de Estudios Legislativos, si se encuentran en Panteones Concesionados (privados); o bien por la Administración de los panteones si se encuentran en panteones públicos.
Si el solicitante es un gestor autorizado por el familiar
Presentar además:
7. Carta poder dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar.
8. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para la exhumación prematura de cadáveres humanos
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita realizar la exhumación (extracción) prematura de un cadáver humano.

Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE , Pasaporte etc.)
2. Escrito en el que se expresan los motivos y destino final de los restos, el cual será evaluado por la autoridad sanitaria.
3. Llenar formato de solicitud.
4. Acta de defunción o certificado de muerte fetal o de defunción para recién nacidos de menos de 24 horas.
5. Boleta de inhumación, y
6. Comprobante de contratación de servicios de fumigación durante la exhumación.
Si el solicitante es un gestor autorizado por el familiar
Presentar además:
7. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar.
8. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para la inhumación o incineración de cadáver o restos de cadáver humano antes de las 12 horas o después de las 48 horas de ocurrida la defunción o pérdida del resto humano.
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita inhumar (sepultar) o incinerar (cremar) un cadáver o restos de un cadáver humano antes de 12 ó después de 48 horas de ocurrido el deceso.

Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud
3. Certificado de defunción.
4. Oficio de entrega de cadáver, o del resto humano expedido por el Ministerio Público en caso de haber sido sujeto de Averiguación Previa, o certificado de amputación quirúrgica expedido por el Médico Cirujano en el que se indique el destino final del mismo, firmado por él, el paciente y dos testigos.
5. Comprobantes de embalsamamiento y supervisión médica del procedimiento si la inhumación o incineración se van a realizar después de 48 horas ó en su caso el comprobante de conservación en refrigeración si la inhumación ó incineración se efectuarán de inmediato.
Si el solicitante es el gestor
Presentar además:
6. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar al gestor.
7. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para la internación al Distrito Federal, de un cadáver humano procedente de otro Estado de la República
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas (usuarios) para obtener el permiso sanitario que les permita internar al Distrito Federal un cadáver humano procedente de otro Estado de la República.
Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (Credencial para Votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte, etc.);
2. Llenar formato de solicitud;
3. Acta de defunción;
4. Permiso sanitario de traslado del cadáver expedida por la autoridad sanitaria de donde proviene;
5. Oficio de entrega de cadáver expedido por el Ministerio Público del lugar de procedencia, en caso de haber sido sujeto de Averiguación Previa, y
6. Comprobantes de embalsamamiento del cadáver y supervisión médica del procedimiento cuando su internación proceda de una distancia de 300 kilómetros ó más y/ó hayan transcurrido más de 48 horas de ocurrido el deceso. Si no se encuentra embalsamado debe solicitarse el embalsamamiento en la Oficina Central de Trámites funerarios.

Si el solicitante es el gestor
Presentar Además:
7. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar o la embajada del país de origen,
8. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder. (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
Nota. El embalsamamiento del cadáver debe solicitarse en la Oficina Central de trámites funerarios. (En su caso)

Nombre del Trámite Permiso sanitario para la internación de cadáver humano al Distrito Federal procedente de otro país
Tiempo de Espera Inmediata
Descripción Trámite que deberán realizar las personas ( usuarios ) para obtener el permiso sanitario que les permita internar al Distrito Federal un cadáver humano procedente de otro país.

Requisitos Si el solicitante es el familiar del fallecido.
1. Identificación personal oficial (Credencial para Votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)
2. Llenar formato de solicitud;
3. Certificado y/o Acta de defunción y comprobante de embalsamamiento, traducidos al español y certificados por las autoridades consulares mexicanas, y
4. Permiso internacional de traslado del cadáver traducido al español y certificado por las autoridades consulares mexicanas.
Si el solicitante es el gestor
Presentar Además:
5. Carta poder original dirigida a la autoridad sanitaria, otorgada por el familiar.
6. Identificación personal oficial del gestor y los testigos de la carta poder (Credencial para votar, Cartilla, Seguro Social, ISSSTE, Pasaporte etc.)

LISTA DE PRECIOS DE LOS SERVICIOS OFRECIDOS POR EL IMSS
PAQUETE BASICOS PRECIO
Capilla en velatorio $ 1,041.00
Capilla en domicilio $ 1,207.00
Traslado oficial $ 1,140.00
Traslado particular $ 801.00
Servicio directo oficial $ 535.00
Servicio directo $ 535.00
Cancelaciones $ 166.00
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS PRECIO
Embalsamamiento $ 565.00
Precio por kilometro $ 12.00
Pullman para acompañantes $ 401.00
Carroza adicional $ 309.00
Día adicional por capilla $ 395.00
Velación por 9 días $ 295.00
ATAUDES PRECIO
Madera infantil de 60 cms. $ 316.00
Madera infantil de 80 cms. $ 382.00
Madera infantil de 1.00 mts $ 387.00
Madera infantil de 1.20 mts $ 525.00
Madera infantil de 1.60 mts $ 902.00
Madera económico adulto "m” $ 1,189.00
Madera adulto especial I "m" $ 1,438.00
Madera adulto especial II "m" $ 1,852.00
Madera adulto cruz $ 2,184.00
Madera adulto bóveda $ 3,317.00
Madera adulto pino de lujo $ 5,253.00
Madera adulto cedro de lujo $ 10,228.00
Madera adulto cruz de lujo $ 3,293.00
Madera adulto bóveda de lujo $ 4,130.00
Madera adulto pino de lujo $ 8,776.00
Madera adulto cedro de lujo $ 12,228.00
Madera adulto especial $ 1,658.00
Metálico estándar $ 2,520.00
Metálico adulto roma $ 5,046.00
Metálico adulto prisma $ 3,973.00
Madera adulto meridiam $ 7,934.00
Metálico adulto económico $ 1,602.00
Metálico adulto especial $ 1,853.00
Metálico adulto reyna del c. $ 3,887.00
Madera adulto Italia II $ 7,570.00
Madera adulto Misisipi $ 16,138.00
Madera adulto pastor $ 9,438.00
Madera adulto Italia $ 7,360.00
Madera adulto eternity $ 10,867.00
Madera cedro azteca $ 10,868.00
Madera pino Cuauhtémoc $ 5,071.00
Madera pino Citlali $ 4,024.00
Madera metal enchapado $ 6,833.00
Madera adulto miller parota $ 10,916.00
Madera adulto saporo $ 11,739.00
Metálico adulto pecho de pal. $ 2,828.00
URNAS PRECIO
Madera Apolonia $ 1,610.00
Madera ever $ 1,264.00
Capitolio mármol $ 3,450.00
Infantil metálica $ 421.00
Infantil madera $ 421.00
Rectangular níquel $ 879.00
Rectangular dark $ 879.00
Rectangular cobre $ 879.00
Amartillada $ 797.00
Alternativa económica $ 409.00
Mármol de lujo $ 1,055.00
Caoba/repujado $ 1,447.00
Bronce satinado $ 1,447.00
Chapa de raíz/Cristo Dalí $ 1,447.00
Maya cerámica $ 207.00
Rectangular mármol $ 332.00
Divino recuerdo $ 275.00
Económica de madera $ 338.00
Mónaco de cerámica $ 414.00
Acua de madera con base $ 568.00
Guadalupana de caoba $ 691.00
Madera ultima cena $ 968.00
Puritan de bronce $ 831.00
Mármol siena carrara $ 1,575.00
Mármol miguel ángel tikal $ 1,882.00
Prisma rectangular madera $ 888.00

QUE SE HACE CON LOS CUERPOS EN LAS CALLES O LOS QUE NO SON RECLAMADOS SUS RESTOS

En una ciudad como la nuestra donde la inseguridad, los accidentes e incluso la mala salud están a la orden del día las defunciones en plena vía pública son más comunes de lo que se piensa.

En cuanto a las causas de muerte, de acuerdo a la incidencia tenemos: muerte súbita, hechos de tránsito, homicidios, accidentes en el hogar, suicidios, accidentes en vía pública, accidentes laborales, abortos, accidentes en área de servicios públicos, accidentes en área de recreo, accidentes en baños públicos, accidentes en áreas escolares y otros. Cabe resaltar que en el caso de muerte por suicidio la incidencia es mayor en personas del sexo masculino y por asfixia.
Al Servicio Médico Forense (SEMEFO), llegan aquellos que murieron de manera violenta o súbita, esta institución también se encarga de “levantar” los cuerpos de la vía pública, además de realizarles la necropsia con el fin de determinar las causas de la muerte.

El departamento de Identificación del Servicio Médico Forense cuenta con personal especializado en antropología, dactiloscopia, odontología y fotografía forense.

El objetivo principal es el estudio de los cadáveres que ingresan en calidad de desconocidos, para su probable identificación.

INFORMACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE CADÁVERES DE PERSONAS NO IDENTIFICADAS

Los requisitos para la búsqueda de personas extraviadas o ausentes son los siguientes:
• Historia clínica dental.
• Radiografías dentales.
• Placas radiográficas: de tórax, cráneo, miembros superiores e inferiores.
• Documentos (que cuenten con huella dactilar):
• Credencial de elector.
• Cartilla del servicio militar nacional.
• Pasaporte.
• Licencia de conducir.
• Tarjetón de conducir (transporte público).
• Acta de matrimonio.
• Acta de nacimiento.
• Certificado de alumbramiento.
Entrevista personal a los familiares acerca de las características generales y específicas de la
persona buscada

En el último año, 843 personas ingresaron al SEMEFO del Distrito Federal en calidad de desconocidos: 492 no fueron identificados. De esos cuerpos, 191 fueron enviados, en calidad de resguardo, para prácticas médicas en universidades del Distrito Federal. Sin embargo, el destino de 301 cuerpos o restos humanos, fue la fosa común.

Todos los sábados, los cadáveres son depositados en una camioneta de la institución con el fin de ser llevados y arrojados a la fosa común del panteón Civil de la Ciudad de México. En la mayoría de los casos, no hay forma de identificar o explicar quién es quién entre 60 o 70 restos humanos amontonados en una fosa de 4 metros de largo por 3 de ancho.

La ley marca 72 horas como término para que un cadáver permanezca en el depósito, en el anfiteatro, pero a veces en 72 horas la familia no ha tenido siquiera tiempo para enterarse que su familiar ha muerto.

Para poder sacar un cadáver de la fosa común es necesario hacer trámites legislativos bastante difíciles: se requiere una petición del ministerio público al juez, para que éste a su vez dé una orden de exhumación temprana. Posteriormente, se deben pagar los derechos en salubridad y en bomberos e identificar el cadáver.

Servicio Médico Forense "Reclusorio Preventivo Norte"
Reclusorio Norte 1° Piso Edificio Antiguo "C"
Conm.: 51-34-11-00 al 51-34-14-00, Ext.: 8541, Directo: 50-39-85-42

Servicio Médico Forense "Reclusorio Preventivo Oriente"
Reclusorio Oriente Sótano Edificio Antiguo "C"
Conm.: 51-34-11-00 al 51-34-14-00, Ext.: 4343, Directo: 54-83-43-43

Servicio Médico Forense "Reclusorio Preventivo Sur"
Reclusorio Sur Planta Baja Edificio Nuevo
Conm.: 51-34-11-00 al 51-34-14-00, Ext.: 4242, Directo: 54-83-42-42

CEMENTERIOS
Panteón Vecinal de MIxquic
Durante la investigación, el día 1 de noviembre de 2009, llevada a cabo en San Andrés Mixquic, Tlahuac, se realizó una pequeña entrevista con algunas familias que se encontraban en el lugar limpiando y preparando las sepulturas de sus difuntos. Una de ellas fue la familia Rivas Macías, quien accedió a responder algunas de nuestras preguntas.

El panteón de Mixquic es conocido por las tradiciones representadas el día de muerto, la familia nos habló sobre ello: nosotros venimos a limpiar la tumba el día 1 de noviembre, para dejarla lista y venir mañana a poner la ofrenda de flores, la comida se pone en la casa y después nos venimos todos al panteón para acompañar al alma de regreso. No nos quedamos toda la noche a velarlos, sólo un rato y después nos vamos.

Nos dijeron también que ese panteón es vecinal, es decir, que en él sólo pueden ser sepultados los vecinos del lugar. Las fosas se les dan por periodos de 7 años, después de los cuales los restos son sacados y entregados a las familias o bien, se paga una cuota para conservar el lugar por más tiempo.

En la actualidad en el panteón de Mixquic está presente el problema de la sobrepoblación. La ley marca que cada 7años las fosas pueden ser abiertas para sepultar nuevos cuerpos, así que en caso de que sea necesario inhumar un nuevo cuerpo antes de ese periodo, los familiares pueden acordar con otros vecinos la autorización para sepultar a su difunto en una tumba propiedad de alguno de ellos.

A pesar de la gran tradición y belleza que el panteón refleja cada 2 de noviembre, el panorama que se ve diariamente no es de fiesta, pues las condiciones de las tumbas no son favorables, existen pues no se distingue una buena estructura en la organización de los espacios, además algunas de las lápidas están muy dañadas.

Según la ley general de cementerios, estos no pueden estar construidos en lugares urbanizados, sin embargo en este cementerio esta condición no se cumple, ya que al lado del mismo podemos encontrar casas, comercios e incluso escuelas.

Es cierto que ya no cabemos ni en los panteones, por ello es necesario fomentar la cultura de la cremación, mas cabe recordar que la mayoría de las personas que habitan en México no quieren ser incineradas, ya sea por cuestiones ideológicas, religiosas e incluso por que les da “dolor” ser quemados después de morir.

En caso de que en el cementerio de Mixquic no pueda ser sepultado algún cuerpo, las autoridades del lugar deberán tramitar el traslado a algún panteón de los alrededores.

En Mixquic, como en otros cementerios de la ciudad, se crea una atmosfera de olvido: las tumbas rotas, las flores secas, las hojas amarillas de los arboles sobre las tumbas, los insectos; al final, todo nos hace acordar el olvido en que dejamos a nuestros seres queridos, sin notar, a veces, que todos moriremos algún día.

Panteón Civil de Dolores.

Entrevista a Daniel Martínez Jiménez. Vigilante del Panteón Civil de Dolores, ubicado en la Delegación Miguel Hidalgo en la ciudad de México.

Sabemos que aquí se encuentra la fosa común. ¿Los visitantes tienen acceso a ella?

No, no tienen. Pasa lo siguiente: no tenemos nada que ocultar, nada. Simple y sencillamente les diré cómo funciona. Hoy precisamente, -los días sábado- vienen del SEMEFO a depositar a las personas que nadie reclama. Hay que darles una cristiana sepultura cuando menos un pedazo de tierra. Se hacen fosas de 4x4 donde caben 120 veinte cuerpos con un poco de tierra. Todos los sábados vienen a depositar esos cuerpos.

¿Por qué no se permite bajar allá?
En primera, porque hay un olor que ya se imaginarán. Segundo, es un lugar donde siempre está solo. Yo ando en la moto y voy a revisar hasta tres hasta cuatro veces al día, pero imagínate en las horas que no hay nadie allá. Hay gente que se brinca y aprovecha para asaltar. Por eso entre menos bajen por allá, mejor.

Como última referencia, algunas veces vienen los familiares de los cuerpos que están en la “común” a reclamarlos y entonces hay que sacarlos.

¿Cómo fue su primer acercamiento con este trabajo?

En 1970 yo trabajaba en una compañía donde se instalaban elevadores, con muchos trabajos logré que me contrataran allí. Antes de encontrar ese trabajo yo tenía un compadre – que ya falleció- que trabajaba en el dpto. de tránsito y lo consulté para ver si me podía conseguir trabajo ya que yo no encontraba ninguno. Al poco tiempo, logré entrar a los elevadores. A los seis meses, mi compadre fue a verme a donde vivía y me dijo que ya tenía un trabajo para mí en el panteón.

Debo decirles que estos lugares me deprimían. Cuando un familiar o amigo fallecía yo les decía a sus familiares que los acompañaba al velorio, pero al panteón no, porque sentía que el mundo se me venía encima, en serio. Fue entonces que le dije a mi compadre en ese momento que no, que seguiría trabajando en los elevadores.

Platicando con el supervisor sobre el trabajo que me había conseguido mi compadre, me dijo que no fuera tonto, que una vez entrando al departamento tendría trabajo toda la vida; “aquí no, aquí el día en que haya un recorte del personal serás el primero en salir” además de que no duraría más de treinta años. Aquí en el panteón tengo 38 años de servicio.
A los seis meses de haber entrado ya quería renunciar, el primer año fue muy difícil.

¿A ustedes como trabajadores les dan algunas facilidades para al momento de sepultar a alguien?

Bueno, de hecho nosotros tenemos un lote de trabajadores. Normalmente cuando sucede eso con mis compañeros o con algún familiar, sí tenemos facilidades.

¿Y en los trámites?

No hay ningún problema. El trámite lo hacemos igual que cualquier persona. No porque trabaje aquí quiere decir que yo tenga privilegios. Les voy a decir lo mismo que le dije a una persona que se encontraba esperando un servicio. Su curiosidad llegó al máximo porque me preguntó: “Oiga, yo veo que usted se ríe, platica, bromea con sus compañeros ¿qué no siente dolor?”

Yo le contesté: Mire le voy a decir una cosa, no es que no sienta dolor, pero nos acostumbramos, -¿por qué?- Porque aún nosotros trabajando aquí en el panteón, el Señor no nos da el privilegio de ser eternos… cómo dice el dicho, a cada capillita le llega su fiestecita. Así también un día lo que usted está pasando lo pasaremos nosotros.

Y así pasó, porque tengo sepultada aquí a mi madre. No tenemos ningún privilegio ni cualquier cosa.

Las motocicletas que utilizan para su recorrido, ¿se las proporciona el panteón?

Sí, son de la delegación (Miguel Hidalgo). Son para hacer nuestras rondas de vigilancia, sobre todo en las noches, pues no hay tantos trabajadores. Simplemente nos quedamos los seis vigilantes que hay en el panteón y si está uno de vacaciones como en este momento, nada más nos quedamos cinco. Entonces, de alguna manera nos podemos mover rápido, ya sea en una moto o en una de las camionetas.

¿Cuál es el horario del panteón?

Se abre para el público a las 7 de la mañana y se cierra a las cinco de la tarde. Con esto somos un poquito flexibles porque si llega una persona a las 5:30 con sus flores ni modo que no lo dejemos entrar, nada más recomendándole que no se tarde porque se le va a hacer de noche y puede tener algún problema.

¿Ésta es la única entrada?

No, ésta es la entrada principal que es para que entren las personas a pie. Además tenemos dos entradas para vehículos, que nosotros les decimos puerta de carro que está sobre Constituyentes y puerta de cesta que está casi enfrente del museo de Historia Natural.

En su experiencia personal, ¿el panteón es caro?

No. Es como todas las cosas en el mundo: todo es de acuerdo a tus posibilidades. Aquí es lo mismo. Por ejemplo los señores de la funeraria Gayosso dicen que tienen servicios de $4,000.00… Todo es de acuerdo a tu bolsillo.

Obviamente si yo tengo un lote aquí y mando a hacer una capilla así (señala una grande) me va a costar un dineral. Aquí solo se cobran, digamos, derechos y por ejemplo si tú vienes y ya tienes un lote aquí eso ya no entra en lo que estás pagando por los derechos. Esto es convencional.

Si yo como sepulturero te digo: “Te voy a cobrar $10,000.00” El problema es que uno mismo dice ¿por qué me vas a cobrar eso? Además, solo traigo $1,000.00 Ya pagué funeraria, caja… a lo mejor mi familiar fue una persona que por desgracia estuvo internado y ya me gasté todo – poquito o mucho de lo que tenía –.

Y así como éste, está San Nicolás, los panteones civiles y así como eso hay gente que pagan cuarenta, cincuenta mil pesos pero porque los tienen.

¿Todavía aceptan a gente aquí o ya no?

Sí mira, si fallece un familiar tienen que venir aquí a hacer sus trámites y les dan una fosa de corte. ¿qué significa eso? Pues que son fosas por siete años nada más. Desde 1970 ya no hay fosas en los panteones, lo único que se está manejando ahora y que ya son pocas –no hay muchas--, son las fosas de corte. A los siete años sacan sus restos, vuelven a meter otro cadáver y así se entregan los restos al familiar y éste lo puede depositar en una urna o gavetita. También puede cremarlo.

CREMATORIOS

Con el propósito de optimizar los espacios disponibles en los panteones oficiales y de fomentar una cultura de la incineración entre la población capitalina; el Gobierno del Distrito Federal está impulsando con firmeza la instalación de hornos crematorios para satisfacer la demanda de este servicio funerario, que resulta ser más económico que el de la inhumación.

Hasta octubre del año en curso, el Distrito Federal cuenta con 101 mil 468 fosas disponibles a temporalidad de 7 años, de las cuales 97 mil 139 corresponden a los Panteones Civiles y 4,329 a los concesionados.

Fuentes:
1. Funerarias, profeco. http://www.profeco.gob.mx/recomen/pregserv_fun.asp 26 de octubre de 2009
2. http://transparencia.imss.gob.mx/Seguridad_Social/Costos_ServFunerarios.pdf. 26 octubre de 2009
3. Coordinación General de Modernización Administrativa. http://www.cgma.df.gob.mx/revolucion/programas/funerarios.php. 26 de octubre de 2009
4. Fosas comunes df. “La fosa de los olvidados” http://www.esmas.com/NASApp/portal/Noticieros/nt_noticieros_rep.jsp?id=109286. 29 de octubre de 2009
5. Servicio medico forense. http://www.tsjdf.gob.mx/semefo/index.html. 29 de octubre de 2009
6. Servicio Médico Forense. http://www.visitasguiadas.df.gob.mx/perfiles/obras/semefo.html. 29 de octubre de 2009
7. Número telefónico del servicio médico forense.http://www.tsjdf.gob.mx/directorio/6008010.html. 29 de octubre de 2009
8. Servicio médico forense. http://www.tsjdf.gob.mx/semefo/semefo2005.html. 29 de octubre de 2009

6 comentarios:

Semiótica Tercer Semestre dijo...

El reportaje es interesante aunque un poco largo. En la parte donde se empiezan a enumerar los tramites funerarios faltan algunos signos de puntación (en especifico faltan dos puntos después de las palabras TRAMITE, DESCRIPCION DEL TRAMITE, etc.) lo que por momentos dificulta la lectura de esa parte. Considero que las entrevistas fueron bien utilizadas, porque amenizan el reportaje para que no se vuelva tedioso. Con respecto al video que acompaña el texto me pareció muy acertado meter un fragmento de la canción popular “la llorona” y la música de fondo que lo acompaña al inicio me pareció afortunada y aunque el audio tiene sus fallas, el video es muy rescatable.
Alberto Hernández Miranda

Unknown dijo...

Más allá de decir que es un reportaje interesante o que "estuvo bien", creo que es de vital importancia, ya que finalmente tarde o temprano (y yo espero que sea más tarde que temprano) tendremos que afrontar esta etapa de la vida, me refiero a la muerte.

El contenido del trabajo sirve, desde mi punto de vista, para auxiliar -aunque sea un poco- a las personas que están pasando por este proceso o que saben que están por pasarlo (por ejemplo la familia de un enfermo terminal)

Por lo que se refiere al video, creo que sintetiza un poco todo el reportaje y hace que éste no se vuelva tan tedioso. Se menciona lo que se leerá en el reportaje, digamos que es una pequeña introducción.

Lorena Díaz Solis

SUSANA HURTADO dijo...

Me perece que es un reportaje que toca puntos importantes y que tal vez no habíamos contemplado como que tipos de panteones hay Por que difieren en cuanto las personas que se pueden enterrar en ellos.
Tan sólo pensaba que se pedía el lugar para sepultar a la persona, pero no, se lleva un proceso de papeleo para obtener un lugar y que se permita acceder al panteón para sepultar a un familiar
Los que pasa con aquellas personas que no son identificadas el proceso que se aplica.
Las alternativas de enterrar o incinerar con forme sea más económico

Hurtado Garcia Erendira Susana

Jessica Zepeda Cruz dijo...

Es un muy bien reportaje, ya que además del texto, el soporte que usaron les ayuda mucho a la entrada, pues de esta forma se da a conocer lo que abarcará el texto; además el poema con el que se comienza es muy bueno y uno de los grandes legados que nos dejaron nuestros antepasados.
Muchas veces creemos que después de la muerte ya no hay nada, sin darnos cuenta que detrás de ésta, vienen una serie de gastos y procesos para ser sepultados o cremados, que dejamos a nuestros familiares; sería bueno tener una mayor educación en cuanto a este tema, porque como lo mencionan, todos algún día moriremos y dejamos aquel asunto a nuestros descendientes; podríamos comenzar por hacer un tanteo del costo y ahorrar para que los gastos no sean tan elevados post mortem.

Hernández Garduño Andrea Marisol dijo...

El reportaje me pareció muy bueno, algo extenso, pero de muy buena calidad, ya que nos informa acerca de todos los gastos y trámites que son fundamentales para darles una buena sepultura a nuestros familiares en el remoto caso de que fallezcan.
Me llama mucho la atención que nisiquiera los difuntos tengan un lugar establecido para descansar; creo que es una situación crítica en la que debemos reflexionar, pues tiene que ver con cuestiones demográficas.
La entrada me parece extraordinaria, el video y el poema se complementan a la perfección y hacen que el reportaje no se vuelva algo tedioso y si muy interesante.

Santiago Gómez Erick Alejandro dijo...

Este trabajo expone de una manera muy detallada cuales son todos los trámites que se realizan para poder enterrar o cremar a un cadáver, algo que parece muy complicado puesto que son muchas las cosas que se realizan para que un difunto pueda “descansar”.

En cuanto a la nota multimedia se me hizo atrayente, aunque hay algunas imágenes que no están acordes a lo que se dice o están muy entre buscadas.

Además en todo lo que se refiere al reportaje también faltaron más imágenes ya que al ser un trabajo extenso hubiera sido una más interesante si se presentan imágenes en todo lo que se explicaba.

A pesar de ello fue una buena recopilación de información y nos da una idea de cuanto cuesta morir en esta ciudad y más aun si se habla de los dificultosos trámites que se deben de llevar.

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